Subsidios para empleadas del hogar

En España hay más de 600.000 empleadas del hogar, si bien un tercio de ellas no cotizan por no tener permiso de trabajo, o porque al trabajar pocas horas, sus empleadores no les hacen contrato o no las dan de alta.

Constituyen uno de los sectores más desprotegidos, al no gozar de prestación por desempleo y no tener las mismas indemnizaciones que otros trabajadores.

A raíz del COVID-19, se ha vislumbrado más claramente la indefensión de este sector, que sin embargo es de gran trascendencia para que cuiden de nuestros familiares mayores, enfermos o niños y podamos acudir a trabajar.

Se han adoptado algunas medidas recogidas en el RD-Ley 11/2020 de 31 de marzo , para tratar de paliar la situación de vulnerabilidad en la que has quedado sumidas muchas empleadas como consecuencia se la pandemia, pudiendo, las que estuviesen de alta con anterioridad al 14 de marzo tramitar un subsidio extraordinario por falta de actividad si han dejado de prestar servicios temporalmente para reducir el riesgo de contagio por causas ajenas a su voluntad o se ha extinguido su contrato a consecuencia de la pandemia (con posterioridad al 14 de marzo).

Sin embargo, estas ayudad no estarán disponibles hasta mayo y deberán establecerse por parte del SEPE el procedimiento para su tramitación.

La cuantía de la ayuda será del 70% de la base de cotización, y la prestación será compatible con otras percepciones si no se supera el salario mínimo interprofesional, que para 2020 queda establecido en 950 euros.