Regularización de inmigrantes 2026: requisitos y claves para una correcta solicitud.

Regularización de inmigrantes 2026: requisitos y claves para una correcta solicitud.

 Aunque no tenemos una fecha oficial confirmada,  el Real Decreto ya  ha pasado por la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios, previendo que sea aprobado en el Consejo de  Ministros del 14 de abril ,  dando  lugar al tan esperado proceso de  regularización masiva de inmigrantes en 2026 . 

El plazo será muy breve  

Se prevé que más de medio millón de personas puedan acogerse a este proceso que estará abierto  tan sólo hasta el 30 de junio para efectuar sus solicitudes. 

Se estima que más del 30 % de las solicitudes serán desestimadas, en muchos casos por errores en la documentación, falta de acreditación suficiente o incumplimiento de requisitos. 

Este dato no es menor. La clave no estará únicamente en tener derecho, sino en saber acreditarlo correctamente.

Formas de presentación de la solicitud:

La solicitud podrá presentarse de dos formas: 

  • Presencialmente, en oficinas de Correos, Seguridad Social o Extranjería. Lo que puede conllevar dificultades pues será necesario cita previa.  
  • Telemáticamente, mediante certificado digital o a través de profesional habilitado.  

La vía telemática será más ágil y no hará falta cita previa  

Tasa administrativa

La tasa prevista para la solicitud es de 38,48 euros, sin perjuicio de que la modificación del reglamento pueda establecer un importe distinto.

Personas que pueden acogerse:

  •  Solicitantes de asilo con solicitud presentada antes del 1 de enero de 2026.  
  • Extranjeros que hayan llegado a España antes del 1 de enero de 2026 y que acrediten al menos 5 meses de permanencia ininterrumpida antes de presentar la solicitud. 
  • Sus familiares menores de edad en las mismas circunstancias. 

Será necesario, además: 

  • No tener antecedentes penales relevantes a confirmar con el texto definitivo del Reglamento.  
  • No ser una amenaza para el orden público 

Cada caso debe analizarse de manera individual  

Personas que no pueden acogerse:

Quedan excluidos: 

  • Quienes hayan ingresado a España a partir del 1 de enero de 2026 o habiendo ingresado antes no hayan permanecido de manera continua al menos 5 meses anteriores a la solicitud.  
  • Los que tengan antecedentes penales relevantes, tengan prohibición de entrada o representen un peligro para el orden público, siendo este un concepto subjetivo que puede ser interpretado.  Se recomienda consultarnos para ver su caso individual y verificar que puedan cancelarse los antecedentes penales. 
  • Los extranjeros que se encuentren en situación de estancia o residencia. 
  • Los extranjeros que tengan una autorización en trámite deberán consultar su caso particular, y si el proceso es de arraigo no deberán aplicar a la regularización ni desistir del proceso de arraigo pues se prevé la concesión automática.  

Es clave analizar las circunstancias personales  

Tipos de regularización:

El proceso contempla 4 posibles vías:

A) Solicitantes de Asilo.

B) Personas con contrato de trabajo u oferta de empleo

C) Personas con vínculos familiares

D) Personas en situación de vulnerabilidad. Este es el supuesto típico del proceso de regularización masiva y aunque la situación irregular permite presumir vulnerabilidad, es recomendable acreditarla con informes sociales, ONG, denuncias o actas de inspección en casos de explotación laboral etc.

De hecho, el Consejo de Estado ha propuesto la modificación del texto para una definición concreta de vulnerabilidad para los que estén en situación de irregularidad, siendo junto con los antecedentes penales, los puntos más críticos.

El consejo de Estado también apunta a la incompatibilidad de ser beneficiario de protección internacional y a su vez del proceso de regularización, instando a mantener la vigencia del primero hasta la resolución positiva del segundo .

Documentación necesaria

  • Pasaporte completo (todas las hojas). Se permitirá acreditar la identidad con documentos caducados a aquellos nacionales con dificultades para renovar su documentación.
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen, si procede.
  • Documentos que acrediten la estancia en España antes de 2026, (como ser empadronamiento, envíos de dinero, inscripción consular, citas médicas, contratos de alquiler u otras)
  • Documentación específica según el caso (solicitud de asilo, trabajo, familia y en su caso, vulnerabilidad).

Cuanta mayor continuidad y coherencia documental, mayor solidez del expediente, deberíamos poder acreditar al menos 1 documento oficial por mes sin son documentos aislados.

Situaciones que requieren especial revisión:

Aquellas personas que hayan tenido causas penales o tengan prohibiciones de entrada en España deben verificar previamente: 

  • La cancelación de antecedentes penales
  • La cancelación de antecedentes policiales.
  • El cese de la medida de prohibición.  

Acorde al tercer borrador los antecedentes cancelados o susceptibles de cancelación no serán tenidos en cuenta y la existencia de antecedentes policiales no conllevara necesariamente la denegación.  

Asimismo, quedarán suspendidos algunos procedimientos de expulsión, pero no todos, por lo que conviene analizar su situación de forma individual antes de presentar la solicitud.  

Plazos y efectos de la solicitud

El proceso prevé: 

  • Un plazo máximo de 15 días hábiles para la admisión a trámite.
  • La concesión, en ese momento, de autorización provisional de trabajo y residencia valido para cualquier actividad y en todo el territorio.
  • Una autorización de residencia por arraigo valida por un año, salvo en el caso de menores que será de 5 años.   

La resolución final se prevé en un plazo aproximado de 3 meses. 

IMPORTANCIA DE UNA CORRECTA PREPARACIÓN Y DE ASESORARSE ADECUADAMENTE, CADA DETALLE CUENTA.

Una solicitud mal planteada puede implicar la denegación, pérdida de tiempo y dificultades futuras.

  • Documentación incompleta.
  • Falta de acreditación suficiente de los requisitos.
  • Errores formales en la solicitud o en el procedimiento.
  • No responder en plazo requerimientos.

En favero & Kolschinske, asesoramos desde hace más de 30 años en procesos de regularización en España, como abogados expertos en Derecho Internacional, inmigración y extranjería.

Analizamos tu situación y te indicamos la mejor estrategia para obtener tu residencia.

  • Estudio individualizado de viabilidad de este procedimiento o alternativas de regularización.
  • Revisión, preparación de documentación, cumplimentación de solicitud y del formulario de tasas.
  • Presentación telemática del expediente – toda España-.
  • Seguimiento del procedimiento y cumplimiento de requerimientos.
  • Recursos administrativos y contenciosos contra denegaciones.

Consulta tu caso

📞 CONTACTO: 91 561 47 22 / WhatsApp: 630 81 81 81

También puedes agendar tu cita para consultar tu caso de forma presencial, telefónica o en videollamada.

Además de la regularización masiva, la modificación del reglamento de extranjería 2026 trae cambios, a menos de un año de la publicación del Reglamento. 

Algunas de las claves : 

  • Creación de la UTEX (Unidad de Tramitación de Extranjería): Se centraliza la gestión para que cerca del 90% de las solicitudes se tramiten por vía telemática preferente, buscando eliminar el colapso de las oficinas locales. 
  • Autorización de Trabajo Inmediata: El borrador prevé que la simple admisión a trámite de ciertas solicitudes bajo este nuevo marco otorgue un permiso de trabajo provisional hasta que se dicte la resolución definitiva. 
  • Simplificación del Arraigo de Segunda Oportunidad: Se refuerza esta figura para facilitar que quienes cayeron en la irregularidad tras perder un permiso previo recuperen su estatus legal de forma más rápida. 
  • Unificación de Autorizaciones: Se avanza hacia una “ventanilla única” donde la autorización de residencia lleve aparejada la de trabajo de forma automática y explícita en más supuestos que los actuales. 
  • Protección a Solicitantes de Asilo con Denegación: Se introduce una disposición específica para que personas con solicitudes de protección internacional denegadas puedan transitar a una autorización de residencia sin las trabas actuales.  
  • Reforma de la Reagrupación Familiar: Es el punto más ambicioso. Se busca elevar la edad de los hijos reagrupables de los 18 a los 21 años (e incluso 26 en casos de estudios) y flexibilizar los umbrales del IPREM exigidos, que tras la última subida están bloqueando muchas solicitudes. 
  • Ajuste del Arraigo para la Formación: Se pretende eliminar la obligación de presentar el seguro médico privado en la fase inicial de residencia y permitir que las prácticas no laborales computen directamente como experiencia para la modificación a la autorización de trabajo. 
  • Ventanilla Única para Protección Internacional y Extranjería: Una modificación técnica para permitir que los solicitantes de asilo denegados pasen al régimen general (arraigos) de forma automatizada sin necesidad de aportar nuevamente la documentación que ya obra en manos del Ministerio del Interior. 
  • Ampliación del Visado de Búsqueda de Empleo: Se plantea extender su duración de los actuales meses a un año completo para facilitar la captación de perfiles técnicos fuera de la “escasez de mano de obra” oficial. 
  • Además de esto, el borrador incluye una revisión de los visados de nómadas digitales y profesionales altamente cualificados, buscando que el paso a la residencia de larga duración sea más automático tras los 5 años, sin que los periodos de ausencia fuera de España penalicen tanto como en el régimen general. 

Consulta tu caso 

📞CONTACTO: 91 561 47 22 / WhatsApp: 630 81 81 81

También puedes agendar tu cita para consultar tu caso de forma presencial, telefónica o en videollamada.  

Pacto Europeo de Migración y Asilo 

A la vista tenemos también la próxima implementación prevista para junio de 2026 del Pacto Europeo de Migración y Asilo, que implicará cambios en la gestión migratoria y en todo el sistema de extranjería. 

Entre sus elementos clave destacan: 

  • El triaje obligatorio en frontera.
  • El nuevo sistema Eurodac.
  • La coordinación reforzada entre Estados miembros.
  • Los nuevos procedimientos fronterizos de retorno 

Consulta tu caso 

📞CONTACTO: 91 561 47 22 / WhatsApp: 630 81 81 81 

También puedes agendar tu cita para consultar tu caso de forma presencial, telefónica o en videollamada.