Derecho de Internet y de las Nuevas Tecnologías

Las empresas actúan en un mundo globalizado, requiriendo respuestas más allá de nuestras fronteras físicas y buscando el mejor beneficio y figura jurídica.

Las TIC han supuesto una incesante problemática jurídica que la normativa actual no soluciona, el vacío legal dio lugar a enormes debates y los expertos en tecnologías de la información no tienen formación jurídica, además, estas soluciones exigen juristas formados en derecho internacional y conocedores de las ramas del derecho implicadas.

Por otro lado, la necesidad de las empresas tradicionales de estar presentes en Internet a través de creación de páginas web corporativas, tiendas virtuales, portales etc, que construyen informáticos o diseñadores no cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, Los derechos de autor, las licencias de uso de las imágenes que publica  son temas de gran trascendencia que no son muchas veces tenidas en cuenta , pudiendo incurrir en graves sanciones además de generar desconfianza en los consumidores. La Ley de propiedad intelectual, la privacidad en Internet, la ley de firma electrónica deben ser manejadas con habitualidad en el control del desarrollo de los contenidos de su web. 

Las ganancias obtenidas por banners o pups-ups obligan al cumplimiento de la Ley de Servicios de la Sociedad de la información y de comercio electrónico que nuestros abogados supervisarán.

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Su web debe ser una plataforma de negocios que brinde seguridad contractual y legal tanto a los usuarios como a su empresa. Ello se logra a través de contratos redactados específicamente para su empresa que son aceptados por los usuarios y con textos que deben ser incorporados en la web para evitar el incumplimiento de la Ley de Protección de Datos.

El ofrecimiento de productos y servicios por Internet debe cumplir con entre otras, La ley de comercio electrónico.
Así mismo debe conocer las obligaciones legales que se desprenden de tener dispositivos de almacenamiento como “cookies”, y respetar los procesos de contratación en la venta de sus bienes o servicios. 

Las personas físicas y Jurídicas pueden proteger su REPUTACIÓN On-Line, y solicitar la sanción por la Agencia de Protección de Datos de las conductas que lesionen la privacidad en Internet, como ser los datos que de nuestros gustos conductas, aficiones, etc., usen las empresas para la comercialización de sus productos.

Por otro lado, las empresas están desprotegidas ante la reclamación de los usuarios, al no tener soportes físicos firmados de las operaciones de compra por Internet, ni poder identificar al titular de la tarjeta.

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Nuestro equipo de profesionales está especialmente cualificado ocupándonos de entre otras, de las siguientes áreas:

*Derecho a la intimidad, al honor y a la propia imagen en Internet. Tratamiento de datos de carácter personal, Flujos transnacionales de datos e información.
*Reputación on-line.
*Contratación electrónica, Firma electrónica y certificación digital.  Prestación de servicios en la sociedad de la información, contratación de bienes y servicios informáticos.
*Delitos informáticos.
* Fiscalidad en Internet.
*Protección jurídica de La propiedad intelectual del software y de las bases de datos, obras multimedia, digitalización y transmisión por redes de comunicación.
*Revisión del contenido integral de su web y adaptación a la ley.
*Redacción de contratos para proteger sus intereses en INTERNET.
*Diseño de la política de privacidad y uso de su Web.


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(Horario de lunes a jueves de 9 a 14 y de 16:30 a 20 h . Viernes de 9 a 15 horas )
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O contacte con nosotros en nuestro teléfono de asistencia de urgencias : 630 81 81 81.


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